Atenea publica los resultados de la convocatoria subsidiada 2025-1 del Fondo TyT

Atenea publica los resultados de la convocatoria subsidiada 2025-1 del Fondo TyT

Bogotá, 24 de febrero de 2024 –Las personas inscritas en la convocatoria subsidiada 2025-1 del Fondo Atenea Técnica y Tecnológica (Fondo Atenea TyT), podrán consultar los resultados y conocer si han sido seleccionados como beneficiarios.

A través de esta convocatoria, el Fondo Atenea TyT financia estudios de educación superior en Bogotá, en el nivel técnico profesional o tecnológico, en modalidad presencial, virtual o a distancia, en instituciones de educación superior ubicadas en Bogotá y reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional.

Tras culminar con éxito el proceso de validación de requisitos mínimos y calificación de cada aspirante, se estableció que 86 personas resultaron como beneficiarios habilitados.

Los aspirantes pueden verificar su estado de postulación a través del ID asignado en la inscripción, los últimos siete dígitos de su documento de identidad (por protección de datos, no se publica el número completo) y/o sus apellidos. Se recomienda comparar estos tres datos para asegurar su correcta identificación.

Según la validación de requisitos establecidos en los términos de la convocatoria, los resultados se presentan en dos categorías:

  • HABILITADOS o APROBADOS: Aspirantes cuya solicitud cumplió con los requisitos habilitantes y fueron seleccionados para recibir el beneficio.
  • NO HABILITADOS o NO APROBADOS: Aspirantes que no cumplieron con uno o más requisitos o que no presentaron la documentación en los plazos establecidos, por lo que su solicitud fue rechazada.

Es importante recordar que, de acuerdo con los términos de la convocatoria y reglamento operativo, el incumplimiento de algún requisito en la etapa de inscripción es causal de rechazo.

Los aspirantes que estén en estado "HABILITADO" o "APROBADO", podrán acceder al beneficio del Fondo para el período 2025-1. Para formalizar el proceso, deberán dirigirse a su institución educativa y dar inicio o continuidad a sus estudios.

El beneficiario debe tener en cuenta:

  • El beneficio adjudicado se otorga en la modalidad de subsidio, por ende, no generará deuda alguna, ni durante la época de estudios, ni después de terminado el programa de estudios.
  • El beneficio otorgado no es retroactivo, es decir que el beneficiario iniciará exclusivamente a partir del momento en que el subsidio es formalizado por el/la aspirante ante el ICETEX y dicho proceso no se podrá aplazar. El inicio del programa académico se deberá realizar en el semestre para el que la Junta Administradora del Fondo adjudicó el subsidio educativo para el periodo 2025-1.
  • No es posible aplazar el inicio del programa académico; este debe comenzar en el semestre 2025-1, conforme a la adjudicación del subsidio educativo por parte de la Junta Administradora del Fondo.

Para consultar el estado de la postulación, los aspirantes adjudicados pueden ingresar al siguiente enlace (se resalta que el ICETEX cargará la información en su plataforma):


🔗 Consulta de resultados ICETEX