Pasantía Social

Pasantía Social

La Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y Tecnología – Atenea, desarrolla la estrategia de Pasantía Social con la que se espera que más de 24.000 jóvenes retribuyan socialmente a la ciudad y continúen transformando sus vidas y la de sus familias con el programa Jóvenes a la U. 

1. POSTULACIÓN DE ENTIDADES OFERENTES 

Queremos extenderles la invitación para que postulen aquellas iniciativas, programas o proyectos relacionados con la gestión del cambio, territorio, participación ciudadana y comunidad, con una duración al menos de 32 horas al semestre, en los cuales han identificado la necesidad de articular el trabajo con pasantes para maximizar los resultados. 

Les invitamos a conocer los criterios y parámetros necesarios para generar el mejor escenario de implementación de la Pasantía Social del programa Jóvenes a la U. Cada entidad postulante deberá revisar detenidamente el Lineamiento Operativo y demás documentos que se relacionan a continuación: 

 

1.1.    Requisitos para participar:

  • Diligenciar y enviar la matriz de oferta (F1_A4_M1_EP Formato de Matriz de Oferta) al siguiente correo electrónico: pasantiasocialju@agenciaatenea.gov.co 
  • Postular programas, proyectos o iniciativas que estén enmarcados en el catálogo de actividades Pasantía Social (Catálogo de actividades Pasantía Social).
  • Si eres de una Organización No Gubernamental - ONG, Entidad Distrital, Entidad de naturaleza mixta, Fondo de Desarrollo Local, debes enviar la póliza de responsabilidad civil extracontractual para el cubrimiento de las y los beneficiarios. Las actividades a realizar deben ser máximo de riesgo tipo 1. 
  • Contar con un equipo que apoye la implementación, el seguimiento y reporte de la Pasantía Social.  

Una vez envíen la postulación, la Agencia Atenea revisará y evaluará las propuestas recibidas. Posteriormente, enviará respuesta para acordar la formalización, ejecución y seguimiento de la  Pasantía Social, por medio de los datos de contacto suministrados. 

 

2.    PREGUNTAS FRECUENTES ENTIDADES OFERENTES
 

¿Por qué y qué tipo de póliza debe tener mi entidad para vincular beneficiarios y beneficiarias de Jóvenes a la U como Pasantes Sociales?

No se excluye la posibilidad de que, durante el devenir de la Pasantía Social, surjan eventos de riesgo que puedan repercutir negativamente en la vida o integridad física del beneficiario. Por ende, si eres de una Organización No Gubernamental, Entidad Distrital, Entidad de naturaleza mixta o Fondo de Desarrollo Local, debes enviar la póliza de responsabilidad civil extracontractual para el cubrimiento de las y los beneficiarios. Las actividades a realizar deben ser máximo de riesgo tipo 1.

¿Cuántas horas deben realizar los y las jóvenes de Pasantía Social?

La Pasantía Social debe durar al menos 32 horas al semestre, podrán ser acumulables en distintos períodos académicos, es decir, un beneficiario o beneficiaria podrá desarrollar más de 32 horas por semestre en actividades de Pasantía Social y estas sumarán a la acreditación de las horas de otro período académico.

¿Qué actividades pueden realizar los jóvenes en el marco de su Pasantía Social?

Hemos creado un catálogo de actividades que se pueden validar como Pasantía Social es preciso hacer claridad sobre dos aspectos clave. En primer lugar, la diferencia de Pasantía Social sobre otras iniciativas similares, de tal forma que tanto las y los beneficiarios como las entidades oferentes conozcan qué tipo de actividades son permitidas como Pasantía Social. 

Con el fin de hacer mayor énfasis sobre la diferenciación de Pasantía social frente a otras iniciativas, es preciso consultar la tabla 1, de nuestro lineamiento operativo

Es importante resaltar que, la Pasantía Social que se realiza en el marco del programa Jóvenes a la U no implica subordinación y no es una actividad de formación. Adicionalmente, no está regida por las Leyes 720 de 2001, ni su Decreto reglamentario 4290 de 2005; Ley 789 de 2002 ; Ley 1780 de 2016, el Decreto Nacional 1072 de 2015, que compiló los Decretos 933 de 2003 y 55 de 2015, ni la Ley 2043 de 2020, ni tampoco la Resolución 623 de 2020 del Ministerio del Trabajo, así como tampoco por el Acuerdo Distrital 805 de 2021, Directiva 007 de 2021 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, ni la Resolución 197 de 2022, expedida por la Secretaría Jurídica Distrital.

También es importante que revisen el catálogo de actividades de Pasantía Social. 

¿Cómo se informan y seleccionan las ofertas de Pasantía Social a los jóvenes?

La estructura operativa del componente de Pasantía Social está constituida por cinco fases: Postulación, Verificación, Formalización, Ejecución (esta fase se desarrolla en subfases: fase de capacitación y fase práctica) y Seguimiento. Para conocer los detalles de las fases correspondientes a esta inquietud, te invitamos a revisar el numeral 7 de nuestro lineamiento operativo

¿Cada cuánto debo reportar las horas realizadas por los jóvenes?

El equipo de Acompañamiento de la Agencia validará la realización de la Pasantía Social de las y los beneficiarios a través de la revisión del Formulario de Seguimiento y las evidencias suministradas por los oferentes con una periodicidad trimestral, la Encuesta de Satisfacción Beneficiarios y la Encuesta de Satisfacción Entidades oferentes esta últimas se realizarán al finalizar el proceso, y contará con preguntas tanto abiertas como cerradas que buscan conocer la experiencia de los actores involucrados.

Para consultar estos documentos asociados, puedes ingresar en el siguiente enlace en el apartado lineamiento operativo de Pasantía Social

¿Debo dar algún apoyo socioeconómico a los jóvenes?

La Pasantía Social, como componente del programa Jóvenes a la U, contempla la retribución social a la ciudad por los beneficios otorgados. En el caso de la entidad oferente no debe asignar un pago o cualquier tipo de remuneración por las actividades de Pasantía Social, más debe garantizar las condiciones para la realización de las mismas y no sean asumidas por nuestros beneficiarios y beneficiarias.